lunes, 6 de febrero de 2012

Prevén un tabulador nacional que armonice los salarios



La retribución del trabajo a través de la participación en la "justa distribución de la riqueza", tal y como establece el papel de trabajo de la Ley del Proceso Social del Trabajo, es la estrategia para que la familia tenga un "espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas (...) y una existencia digna y provechosa para la colectividad". La justa distribución de la riqueza en esta propuesta legal es entendida como un mecanismo para que se garantice la satisfacción colectiva de las necesidades, en particular de la familia, atendiendo los intereses del Estado.
Siempre sobre una filosofía del colectivo y sus necesidades, el proyecto en discusión contempla que el nivel de participación nacional de los trabajadores (sin distinción entre públicos o privados) en la justa distribución de la riqueza deberá ser medida y sistematizada en indicadores. El papel de trabajo de la Ley del Proceso Social del Trabajo, que sustituiría a la Ley Orgánica del Trabajo, propone que se elabore una escala de ingresos "que exprese la igualdad social de los trabajadores y la justa distribución de la riqueza". Esa escala de ingresos, entendida como la participación en la riqueza, estaría sujeta a "criterios de participación" en la distribución de riqueza, que serían determinados en un debate de la clase trabajadora que permita expresar "su igualdad social". El método para determinar la participación nacional en la distribución de la riqueza vendrá a través de "un tabulador específico", en correspondencia con los indicadores. Este tabulador será "el método de ajuste del sistema nacional (de participación en la riqueza) cada vez que el desarrollo social así lo requiera". Se espera que la sistematización de los indicadores sobre remuneraciones dé paso a la "unificación de los trabajadores en torno a los mismos". Además, los tabuladores salariales estarían sujetos a la aprobación del Ministerio del Trabajo para corroborar que estén conformes a la "participación en la justa distribución de la riqueza". Retomando la Reforma Los conceptos de distribución de riqueza por el trabajo ya fueron abordados en el Plan de la Nación 2007-2013, así como en la rechazada propuesta de Reforma Constitucional de 2007. La propuesta de Reforma en su artículo 299 indicaba que el régimen económico de la República se basaría en un predominio del interés común sobre el individual, entre otros elementos, para "asegurar el establecimiento de una sociedad socialista que propenda al desarrollo humano integral y una existencia digan y provechosa para la colectividad". Y más adelante, en el mismo artículo, se proponía que el Estado junto con la sociedad promoviera "el desarrollo armónico" de la economía para lograr equidad en el crecimiento de la economía y "una justa distribución de la riqueza". Otro de los articulados de la fallida Reforma constitucional, el número 87, le daba al trabajo un carácter capaz de lograr que toda persona tuviera una existencia provechosa para sí y para la sociedad. En este sentido, el actual papel de trabajo señala que "todo trabajador tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales". También el Plan de la Nación 2007-2013 hace mención a la satisfacción de las necesidades, apuntando que "el modelo productivo responderá primordialmente a las necesidades humanas y estará menos subordinada a la reproducción del capital". También agrega que "la creación de riqueza se destinará a satisfacer las necesidades básicas de toda la población de manera sustentable y en consonancia con las propias exigencias de la naturaleza en cada lugar específico". Otra de las coincidencias del papel de trabajo con el texto de la Reforma constitucional se ubica en el artículo 89 de ésta, que definía a la acción del trabajo como "un hecho social que constituye la fuente de toda riqueza". Tomado de El Universal.

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