viernes, 9 de diciembre de 2011

AN sanciona el Proyecto de Ley de Regulación y Control del Sistema de Ventas Programadas



Este jueves, la Asamblea Nacional sancionó el Proyecto de Ley de Regulación y Control del Sistema de Ventas Programadas, que regirá tanto a las empresas dedicadas al sector automotor, como al sector inmobiliario. Al respecto, el presidente de la Plenaria, el diputado Fernando Soto Rojas expresó que “esta es una Ley de carácter normativo, aunque fundamentalmente nuestra leyes tienen un carácter programático porque apuntan hacia la construcción del nuevo Estado democrático, de justicia y derecho”. “Hemos heredado del pasado un conjunto de irregularidades que con estas Leyes se regularizan.
Damos nuestro reconocimiento de parte de toda la junta directiva a toda la comisión que trabajó en esta normativa”, sentenció Soto Rojas. La normativa fue elborada por la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional y tiene como objetivo principal regular este tipo de negocios, debido a las estafas en la venta de vehí­culos y viviendas que se ha presentado en el país. En ese sentido, la norma contempla la prohibición de modificar de manera unilateral el contrato, mecanismo que frecuentemente es usado por algunas de estas empresas. También se establece el capital mínimo con el cual deberán operar las compañías que se creen bajo el sistema de venta programadas. En el caso de las empresas de ventas programadas de bienes muebles distintos de vehículos, tendrán un capital mínimo inicial pagado en efectivo de dos millones de bolívares, mientras que las de carros deberán contar con un capital mínimo de 20 millones de bolívares. La Ley aprobada por los parlamentarios también incluye una serie de sanciones para las empresas de ventas programadas que incumplan la ley. Las compañías de bienes muebles que no entreguen los artículos en el lapso previamente establecido en el contrato serán sancionadas con multas equivalentes al triple del valor del bien respectivo. Si reinciden en esta irregularidad, serán sancionadas con multa de cinco veces el valor del bien no entregado y el cierre temporal, por un lapso de 90 días continuos. Las organizaciones que operen sin la debida autorización serán multadas con el pago de 5 mil unidades tributarias y el cierre inmediato del establecimiento. Las empresas de ventas programadas debidamente constituidas que no presenten su estado financiero al ministerio correspondiente serán sancionadas con una multa de 1.500 unidades tributarias.

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